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DEBE SER JUZGADO GARCÍA LUNA POR JUEZ PENAL, NO POR LEGISLADORES: CATEDRÁTICO DE LA UNAM

El Doctor Raúl Carranca y Rivas, abogado penalista y catedrático de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), argumentó esta mañana que Genaro García Luna, todavía titular de la Secretaria de Seguridad Pública (SSP), violo la ley tras recibir un medalla de condecoración a su trabajo contra el narcotráfico por parte del presidente colombiano, Juan Manuel Santos; sin embargo, constitucionalmente no le deben quitar sus derechos de ciudadanía y menos de nacionalidad, aunque deberá hacerse a una sanción que dictamine un juez mediante el código penal.

“La sanción proviene del artículo 37 de la constitución, la famosa fracción tercera del apartado C; y con base en el código penal que habla en su artículo 24 de pérdida de derechos, el señor se hace acreedor a esto y solo lo puede decretar un juez; para mí, la cámara de diputados, el congreso, le debe dar vista de todo lo que ha pasado a un juez penal, informarle al juez, poner en sus manos los expedientes del caso y hacer la denuncia quizá del término correspondiente y el juez será quien determine. Nadie más”, apuntó el catedrático.

Carranca y Riva detalló que al haberse violado el artículo 37, García Luna debe pagar su error; pero el artículo 38 de la constitución es el que nos habla de los derechos de los ciudadanos, por lo que el Doctor infiere de esto, que la ciudadanía es un derecho; “siendo la nacionalidad la condición de los habitantes de la nación, es decir, el estado propio de la persona nacida o naturalizada en una nación, no se puede en consecuencia ser los ciudadanos de una nación y al mismo tiempo nacional para decretar una ciudadanía; entonces yo recurro al Código Penal Federal, al artículo 24, número 12”.

El catedrático llamó a los legisladores a la calma y les sugirió revisar las leyes a efecto de cumplir los mandatos que vienen en la constitución, “porque si no estamos de acuerdo con lo que dice el 37 constitucional bueno esa es otra cosa, yo puedo hacer la crítica, cualquiera puede decir que barbaridad, que disposición tan anticuada, tan obsoleta, bien, pero allí esta, allí esta y se trata de una condecoración del gobierno extranjero y hay la determinación, la orden, de que el congreso debe tener conocimiento de esto; si el congreso no lo tiene pues hay que proceder. Si no nos gusta la constitución pues es otra cosa, son opiniones respetables, en fin, pero a la constitución hay que respetarla y más un funcionario de esta categoría”, aseveró Raúl Carranca y Rivas.

Sobre la condecoración dijo el abogado penalista que sería una grosería para Colombia regresar la condecoración.

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