La Procuraduría General de la República promovió un recurso de inconstitucionalidad 28/2011 en contra de la reforma al artículo 69 del código electoral del estado de Morelos en su fracción IV que aprobó el Congreso del Estado en agosto pasado y que entró en vigencia el 13 de septiembre, por considerar que el Instituto Estatal Electoral no está facultado para retirar propaganda electoral de los medios de comunicación, aún cuando se pueda afectar la imagen de un candidato. En todo caso, según la PGR, es el Instituto Federal Electoral el único facultado para dichas cuestiones.
Cabe señalar que la reforma da facultades al Instituto Electoral para determinar la suspensión de los anuncios en radio, televisión y periódico que dañen la imagen de un candidato.
Será este jueves cuando la ministra Olga Sánchez Cordero, presente su dictamen y los ministros de la Suprema Corte de Justicia aborden el caso y posiblemente definan si es inconstitucional o no la llamada “reforma mordaza” en Morelos…
En donde sí obtuvieron un triunfo los diputados fue en la resolución que emitió hoy la segunda sala de la SCJN, ya que determinó procedente pero infundada la controversia constitucional promovida por el ejecutivo del estado en contra del Congreso Local para evitar el pago de 24 millones de pesos que se reetiquetaron en mayo pasado para el pago de la prima de antigüedad a 8 mil maestros jubilados.