La rescisión administrativa de los contratos celebrados con las empresas Grupo Mercantil Te Prestamos, Integra Ingeniería y Corporativo Arca, se llevó a cabo en estricto apego a lo ordenado por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En cada uno de los contratos las empresas proveedoras se obligaron a entregar a la SEP, en un plazo que no debería exceder diez días naturales a partir de la fecha de firma, una fianza a favor de la Tesorería de la Federación por un monto equivalente al diez por ciento de la cantidad total de cada contrato.
Es el caso que las referidas empresas no presentaron las fianzas en el plazo indicado, motivo por el cual la Secretaría procedió a la rescisión en los términos del artículo 54 de la Ley.
Las empresas proveedoras fueron oportunamente notificadas por escrito; expusieron lo que a su derecho convino; y toda vez que no desvirtuaron su incumplimiento les fue notificada, en tiempo y forma, la rescisión con fundamento en la Ley y por los motivos expresados.
La SEP fue puntualmente respetuosa de las garantías constitucionales de audiencia, legalidad y debido proceso.