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SOLICITA CDHEM INFORME AL CEMPLA POR LA LIBERACIÓN DE EDGAR “N”

Con relación al caso del menor Edgar “N” la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHEM) ha realizado las acciones preventivas que sus facultades y atribuciones le confiere de acuerdo a la Ley de este organismo.

Siendo el caso que desde su ingreso al Centro de Ejecución de Medidas Privativas de la Libertad para Adolescentes (Cempla) se documentaron a través de actas circunstanciadas el seguimiento de las actividades en las que participaba, así como también se realizaron visitas periódicas por el visitador de asuntos penitenciarios de la CDHEM para observar los avances de su escolaridad, conducta, comportamiento en las actividades deportivas y laborales.

Cabe señalar que este organismo ha trabajado de manera cercana con todos y cada unos de los menores; se ha estado presente en las problemáticas que les afectan y tramitado las quejas correspondientes, siendo el caso que se emitió una recomendación al gobernador y autoridades penitenciarias con relación a las medidas precautorias que se deben de observar y tomar en cuenta dentro del Cempla.

El 19 de noviembre de 2013, la CDHEM conformó un comité de evaluación que permitiera el fortalecimiento interinstitucional y de esa manera se pudiera revisar el funcionamiento y efectividad de los programas de reinserción que se llevan a cabo en el Cempla donde participaron autoridades de la Unidad de Medidas Cautelares para Adolescentes (UMECA), el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA), la Secretaría de Salud de Gobierno del Estado, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso del Estado de Morelos y del Instituto del Deporte.

Tomando en consideración la existencia de normas jurídicas que amparan y protegen el desarrollo integral de los menores, se exhorta al Tribunal Unitario de Justicia para Adolescentes (TUJA) a incorporarse a dichas mesas de trabajo para encausar la reinserción de los mismos.

Lo anterior debido a que desde un inicio mostró resistencia a adherirse a dichas mesas de trabajo, negando la información respectiva al caso concreto de Edgar “N”, situación que impidió que prosperara el Comité de Interinstitucional de Evaluación.

Sin embargo este organismo continuará trabajando basándose en las facultades y atribuciones que la ley le confiere en coordinación con las dependencias que han mostrado interés al respecto y a las que se les requerirá un informe por escrito ya que trabajaron de manera oficial.

Por último, cabe resaltar que la liberación anticipada de Edgar “N” no tuvo conocimiento la CDHEM, por ello fue que se solicitaron los informes correspondientes a las autoridades participantes para conocer los motivos por los cuales no fue convocado este organismo y dar fe del respeto a los derechos humanos del menor.

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