Por no reunir los requisitos establecidos en la Ley del Servicio Civil, el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje (TECA) declaró ilegal el emplazamiento a huelga promovido por el Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Poder Judicial.
El magistrado Rubén Jasso Díaz informó que el tribunal ya notificó su resolución a la parte patronal y sindical, la cual detalla que se declaró improcedente el emplazamiento a huelga, debido a que el sindicato no obtuvo la autorización de su asamblea para promover dicho emplazamiento.
“La huelga deberá decretarse por la asamblea general del sindicato de la dependencia de que se trate con la aprobación del cincuenta por ciento más uno de sus integrantes”,según establece el artículo 91 de la Ley del Servicio Civil.
Jasso Díaz señaló que en la resolución del TECA detalla también que los reclamos del sindicato no coinciden con los supuestos legales para solicitar el emplazamiento a huelga.
En su emplazamiento a huelga el Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Poder Judicial reclamó el adeudo de 110 mil pesos por concepto de despensas correspondiente al año 2012; la readscripción de trabajadores asignados a centro de trabajo lejanos a su lugares de residencia y la basificación de más de 300 trabajadores.
Por último, Jasso Díaz detalló que en su resolución el TECA también reiteró que los trabajadores no podrán suspender labores, pero en caso de hacerlo podrían ser sancionados hasta con el cese del cargo.