La Dirección General de Inspección del Trabajo (DGIT), puntualizó que en Morelos los niños menores de 15 años están impedidos para trabajar, y son responsables de sanciones aquellos que accedan a contratarlos.
El 17 de junio, en el Diario Oficial de la Federación, se publicó el Decreto en el que se reforma el artículo 123 de la Constitución Política Mexicana, sobre la erradicación del trabajo infantil.
En este precepto se establece que “Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de quince años. Los mayores de esta edad y menores de dieciséis tendrán como jornada máxima la de seis horas.” La DGIT, dependiente de la Secretaría del Trabajo del gobierno del estado, informó en cumplimiento a la disposición constitucional, en Morelos únicamente se expedirán los correspondientes permisos para trabajar a adolescentes mayores de 15 y menores de 16 años.
“La DGIT, emitirá permisos para laborar si los solicitantes son mayores de quince años y menores de dieciséis, y siempre y cuando reúnan los requisitos; se aplicará sanciones en caso de violación a las normas laborales que los protegen”, estableció.
Esta disposición será estrictamente vigilada, con el propósito de cumplir al principio del gobierno de la Nueva Visión, de ofrecer a la sociedad morelense las herramientas para resguardar los derechos de los menores.