La Secretaría de Movilidad y Transporte, en torno al programa “Moto segura”, informa:
1. Que este programa es del Gobierno del Estado de Morelos y se encuentra bajo la coordinación y vigilancia de la Secretaría.
2. La Secretaría de Movilidad y Transporte respeta y garantiza la movilidad y correspondiente libertad de tránsito a todos los habitantes y visitantes del Estado de Morelos; incluida toda la comunidad de motociclistas que transita por las vialidades a cargo del Estado.
3. Cumpliendo con la instrucción dada por el Gobernador Constitucional del Estado, ha venido coordinando y vigilando la correcta aplicación del programa “Moto segura”.
4. El programa tiene por objeto contribuir a la recuperación del tejido social y restituir la seguridad a través del combate a la delincuencia que utiliza la motocicleta de baja cilindrada como vehículo para cometer actos delictivos en contra de la ciudadanía.
5. Para lograrlo la Secretaría viene implementando las siguientes acciones:
a) Instaló una mesa de trabajo con la comunidad motociclista (Biker) de Morelos y motociclistas independientes para socializar el programa “Moto segura”.
b) Ha invitado a toda la población que tiene y usa la motocicleta como medio de transporte cumplir con su deber de emplacar su vehículo; con el propósito de actualizar la base de datos y generar un padrón confiable que pueda ser utilizado responsablemente por las dependencias garantes de la seguridad en el Estado en su combate a la delincuencia.
c) Se abrió un periodo de condonación de multas y recargos para los dueños de motocicletas de cilindrada de 175 cc y menores, con la finalidad de que se integren al programa vehicular para circular seguro.
d) Se impulsó la implementación y uso del casco y chaleco, ambos con el número de placa correspondiente, sólo para los motociclistas que conducen motocicletas con cilindrada de 175cc o menor, bajo la siguiente regla: chaleco y casco con el número de placa en lugar visible para todos los motociclistas que trabajan en empresas o algún giro comercial. Para los conductores de motocicletas de cilindrada de 175cc o menor sólo el casco con la calcomanía que contiene el número de placa; en caso de que el motociclista solicite no portar el adherible en la parte posterior del casco, entonces se obliga a acudir a la Secretaría de Movilidad y Transporte a registrar su motocicleta incorporándose con este acto a la base de datos.
e) Se encuentra instalada mesa de trabajo para construir la propuesta de Reglamento de transporte metropolitano; haciendo la invitación a toda la comunidad motociclista del Estado de Morelos a sumarse con propuestas para su elaboración.