Con relación a las publicaciones que involucran a la Directora General del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de Morelos (IDEPEM), en supuestos abusos contra una servidora pública, se precisa lo siguiente:
· La servidora pública de este instituto, Claudia Susana Pantaleón Martínez, no ha sido despedida del IDEPEM.
· El 11 de septiembre de 2015 la servidora pública acumuló 4 días de faltas injustificadas a su lugar de trabajo, dentro de un periodo de 30 días.
· Razón por la que el viernes 11 de septiembre del año en curso, a su domicilio se envió al notificador Vicente Ortega Benítez, para notificarle que de acuerdo a la Ley del Servicio Civil del Estado en relación con la Ley de la Defensoría Pública, se realizaría una acta administrativa por las ausencias injustificadas.
· La persona que acompañaba al notificador, es un Policía adscrito al Instituto, quien suele acompañar a los notificadores, ya que en sus tareas suelen surgir intentos de agresión.
· Con el objetivo de evadir la recepción de la notificación, la defensora pública solicitó el auxilio de elementos de Seguridad Pública del municipio de Emiliano Zapata, argumentando un supuesto allanamiento.
· Con el fin de aclarar la confusión, el personal del Instituto de la Defensoría Pública se trasladó de manera voluntaria y pacífica a Torre Morelos para explicar y justificar, con las diversas documentales y cédulas de notificación, el motivo de su presencia en el domicilio que para tales efectos tiene señalado ante el Instituto la defensora pública Claudia Susana Pantaleón Martínez.
· Una vez aclarada la situación, al no actualizarse hecho delictivo alguno, el personal se retiraron de Torre Morelos.
· La IDEPEM desconoce la veracidad o no respecto de un juicio laboral incoado por parte de la aún servidora pública, así como de la existencia de una denuncia penal, por no ser aún notificadas a esta dependencia. Respetamos el derecho que como ciudadana tiene la defensora Claudia Susana Pantaleón Martínez.
· En caso de existir controversias judiciales, las mismas deberán ser probadas en su caso ante las instancias legales correspondientes, pues hasta este momento sólo se trata de manifestaciones unilaterales.