Con la finalidad de salvaguardar los derechos de los niños, niñas y adolescentes, el diputado Alberto Martínez González presentó iniciativa que busca evitar que las personas puedan contraer matrimonio antes de cumplir 18 años de edad.
La propuesta del coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional tiene como propósito homologar la legislación local con la federal en este rubro, y para ello reforma y deroga diversas disposiciones del Código Familiar y del Código Procesal Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos.
Al presentar la propuesta, informó que pese a estar prohibido en el Código Civil, 19 entidades federativas permiten matrimonios en donde los contrayentes son menores de edad y una de ellas es Morelos.
Esta disposición –abundó- emanada desde el Congreso de la Unión, especifica claramente que los menores de edad ya no pueden contraer matrimonio, en ningún caso, ni con la autorización de sus padres, obligando a los contrayentes a presentar identificación oficial que acredite su mayoría de edad.
Alberto Martínez externó ante el pleno legislativo, durante la pasada sesión ordinaria, su preocupación sobre este tema: “No podemos seguir permitiendo que los derechos de nuestros niños, niñas y adolescentes, se vean perturbados por este tipo de situaciones que en nada los favorece, sino por el contrario, afecta directamente a su desarrollo personal, social y psicológico”.
Por ello en esta iniciativa se prevén modificaciones a los Códigos Familiar y Procesal Familiar del Estado, para prohibir tácitamente los matrimonios infantiles y adolescentes.
El legislador explicó que en cuanto a las reformas al Código Familiar para el Estado de Morelos, se eliminará la emancipación por matrimonio, mientras que en el concubinato el tiempo comenzará a contar después de que ambos hayan cumplido su mayoría de edad.
Para los aspectos del matrimonio y la solicitud de este, al estar ya establecido la edad de 18 años para contraer matrimonio, se eliminan todos los casos en que se tenga que otorgar el consentimiento por parte de los padres o tutores o bien la dispensa por parte del Juez de lo Familiar, ya que, con esta reforma, los artículos quedarán sin materia.
Para el tema de divorcio, se eliminan, a su vez la facultad de los menores de edad para solicitar el divorcio y la capacidad que adquieren para comparecer a juicio en casos de disolución del matrimonio. Ya que de igual manera estas previsiones quedan insubsistentes.
Martínez González recalcó la importancia de evitar los matrimonios infantiles, ya que es considerada una violación a los derechos humanos, pues se atenta directamente contra los derechos fundamentales de las niñas y adolescentes, como el derecho a la dignidad personal, la integridad física, la protección, la salud y la educación, y es obligación del Estado hacer cumplir estos ordenamientos.