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PGR publica en el DOF por el que se crea la Fiscalía Especializada en Investigación de los Delitos de Desaparición Forzada

La Procuraduría General de la República (PGR) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo A/013/18 por el que se crea la Fiscalía Especializada en Investigación de los Delitos de Desaparición Forzada y se establecen sus atribuciones.

La Fiscalía, adscrita a la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención al Delito y Servicios a la Comunidad (SDHPDSC), será la unidad encargada de iniciar, dirigir, coordinar y supervisar las investigaciones relacionadas con delitos señalados en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

El Fiscal, quien será designado por el titular de la Procuraduría General de la República, tendrá la calidad de agente del Ministerio Público, deberá recibir las denuncias relacionadas con delitos en materia de su competencia e iniciar la carpeta de investigación correspondiente.

También mantendrá coordinación y comunicación constante con la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, las comisiones locales y la Unidad de Investigación de Delitos para Personas Migrantes.

De igual manera, será el encargado de establecer mecanismos para la colaboración de expertos independientes en la investigación, la realización de peritajes y el constante intercambio de información y participación de los familiares, así como para capacitación constante del personal sustantivo conforme a los más altos estándares internacionales en materia de derechos humanos.

Además, la Fiscalía contará con una Unidad de Análisis de Contexto, que será el área encargada de realizar el análisis de las condiciones políticas, socioeconómicas, antropológicas, geográficas, económicas y criminales, con el fin de apoyar en la labor de investigación del Ministerio Público.

Al frente de la Fiscalía estará el titular de la Fiscalía Especializada en Búsqueda de Personas Desaparecidas, hasta en tanto la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia establezca el perfil que deberá cubrir par ser titular de la Fiscalía.

Cabe señalar que las investigaciones relacionadas con los delitos señalados en la Ley General en la materia se deberán canalizar a la Fiscalía a más tardar 90 días de la entrada en vigor del instrumento referido.

Los lineamientos de este Acuerdo podrán ser consultados en:

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5513521&fecha=16/02/2018

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