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Busca amparo ex secretaria de finanzas del Congreso Martha Patricia Banderas Flores, no quiere perder pensión dorada

Ex secretaria de administración y finanzas del Congreso de Morelos, Martha Patricia Banderas

La ex secretaria de administración y finanzas del Congreso de Morelos, Martha Patricia Banderas Flores es otra ex funcionaria que se niega a perder su jubilación dorada. Ayer en el juzgado primero de distrito salió el acuerdo 25/10/2018 donde solicita amparo luego de que le negaron el pago de su pensión en el mes de septiembre.

Como se recordará esta ex funcionaria de apenas 42 años de edad fue la responsable de la administración y el recurso del congreso durante casi tres años de la pasada legislatura que sirvió a los intereses del PRD y Graco Ramírez.

Ante irregularidades encontradas en la pasada legislatura sobre mal manejo financiero y administrativo hoy se realiza una investigación y se han presentado las primeras denuncias penales que se desconoce si alcancen a esta ex funcionaria la cual en julio de 2018 se jubiló con el 80% de su salario alcanzando una pensión dorada de por vida de 42 mil 400 pesos.

Ella en sus documentos para jubilarse aseguró que desde los 16 años trabajó en la función pública y que desde los 18 años pudo acreditar 24 años 3 meses y 4 días de servicio. Situación que hoy es motivo de investigación de la actual legislatura

Sin embargo, la ex funcionaria ante el temor de perder su pensión acudió a los juzgados federales que hoy están requiriendo informes al congreso de por qué no se le pagó su pensión.

En el resumen del acuerdo se lee:

“Cuernavaca, Morelos, veinticinco de octubre de dos mil dieciocho. Visto el estado que guardan los autos, de los que se advierte que la autoridad responsable Secretaria de Administración y Finanzas de la LIV Legislatura del Congreso del Estado al rendir su informe justificado manifestó que no realizó el pago a la quejosa de la pensión que le fue concedida, respecto a la mensualidad correspondiente a septiembre de este año, por no contar con presupuesto suficiente para hacerlo; sin embargo, no remitió constancia que acreditara su dicho; en consecuencia, con fundamento en el artículo 75, tercer párrafo, de la Ley de Amparo, a fin de contar con mayores elementos para mejor proveer, requiérase a la referida autoridad responsable, para que dentro del término de tres días, contado a partir de su legal notificación, remita a este Juzgado Federal, documental que acredite la falta de pago por la insolvencia que aduce o bien, aquellas con las que se confirme el pago de la pensión, relativo a la mensualidad referida, realizado la parte quejosa; con el apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, o manifestar el impedimento que tengan para ello, se le impondrá una multa equivalente a cien veces la unidad de medida de actualización, con apoyo en lo dispuesto en los artículos 237, fracción I, 238, primera parte y 259 de la Ley de Amparo. Para dar oportunidad a lo anterior, se difiere la audiencia constitucional fijada para el día de hoy y se señalan de nueva cuenta las DIEZ HORAS CON TRES MINUTOS DEL DIECISÉIS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO, para su desahogo. Notifíquese. Así lo acordó y firma Benito Eliseo García Zamudio, Juez Primero de Distrito en el Estado de Morelos, quien actúa asistido de Pedro Antonio Camacho Sánchez, secretario que autoriza y da fe”.

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