Home / México y Mundo / Invalida SCJN decreto que crea al municipio indígena de Tetelcingo

Invalida SCJN decreto que crea al municipio indígena de Tetelcingo

Con seis votos a favor y cinco en contra fue invalidado el Decreto número 2341, publicado el 22 de diciembre de 2017, por el que se crea el Municipio Indígena de Tetelcingo, al considerarlo inconstitucional por los vicios cometidos por el Congreso de Morelos en el proceso legislativo.
A pesar de que el proyecto de resolución presentado por la ministro Norma Lucía Piña Hernández proponía como procedente pero infundada la controversia constitucional 30/2018 promovida por el municipio de Cuautla y en consecuencia la validez del Decreto 2341 por el que se crea el Municipio Indígena de Tetelcingo, este proyecto fue desechado, por lo que consideraron algunos ministro irregularidades en el proceso legislativo de su creación.
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá mantuvo su posición y resaltó los vicios al proceso legislativo esencialmente por la ausencia de consulta a las comunidades indígenas, no sólo para conocer si estaban de acuerdo o no en formar parte del municipio, sino también si están de acuerdo en que sea a través de la elección de un Consejo Municipal como se designe a sus autoridades y si también deben regirse por el sistema de usos y costumbres.
Por su parte, el ministro Alberto Pérez Dayán insistió que la Constitución no establece categorías específicas en la figura del municipio y señaló que del ejercicio político de la federación parte de la determinación que la Constitución ha hecho, al dividir el gobierno en Federal, Estatal y Municipal y en este último caso el del Municipio Libre.
En todo caso refirió que deben ser considerados como municipios ordinarios de composición predominantemente indígena, los cuales en términos de la Constitución, gozan de prerrogativas diversas, dada su composición originaria. Afirmó que los integrantes de un pueblo indígena reconocen a sus autoridades de acuerdo con sus usos y costumbres o al derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación, esa es la composición real del municipio, pero ésta no puede llevar hasta el punto de considerar que se ha creado una categoría distinta a la establecida por la Constitución. Este razonamiento, dijo, le fue suficiente para llevarlo a la invalidez de la norma, pues aquí hay una categoría (de municipio) no permitida por la Constitución.
La mayoría de los ministros coincidieron en que en este caso en particular el estado debe realizar una consulta al pueblo de Tetelcingo y sus colonias para cumplir con los acuerdos internacionales.

x

Check Also

Hallan a una persona sin vida en el municipio de Coatlán del Río

La mañana de este martes se reportó el hallazgo de una persona sin vida en ...

This site is protected by wp-copyrightpro.com