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Les dan prisión preventiva a dos funcionarios de Atlatláhucan acusados de Cohecho, Falsificación de Documentos, Fraude y Ejercicio Abusivo de Funciones

En audiencia llevada a cabo en la Ciudad Judicial de Cuautla, a solicitud de la Fiscalía Anticorrupción, se decretó como legal la detención de dos servidores públicos del ayuntamiento de Atlatlahucan y, además, se dictó prisión preventiva oficiosa por estar relacionados con delitos en materia de combate a la corrupción, resultado de las reformas a la Constitución Mexicana promovidas por la Cuarta Transformación.

Tras la detención en flagrancia, de Cristofer “N” y José Alberto “N”, ex trabajadores del ayuntamiento de Atlatlahucan, quienes estaban adscritos a la Coordinación de Rentas del Fraccionamiento Lomas de Cocoyoc, se llevó a cabo la audiencia de control para determinar su situación legal, resolviendo el Juez que conoce la causa penal JCC/158/2020, que la investigación se ajustó a principios constitucionales.

Asimismo, el Agente del Ministerio Público solicitó llevar a cabo la audiencia de formulación de imputación, en la cual expuso que los dos servidores públicos están relacionados con la presunta comisión de los Delitos de Cohecho, Falsificación de Documentos, Fraude y Ejercicio Abusivo de Funciones.

En su exposición el Ministerio Público de la Fiscalía Anticorrupción, explicó que el día 19 de febrero de 2020, derivado de las operaciones encubiertas que realizó la Policía de Investigación Criminal, en las oficinas mencionadas, se logró la detención de los imputados, quienes presuntamente solicitaron la cantidad de 50 mil pesos a cambio de manipular registros de catastro y borrar adeudos correspondientes a los años 2015, 2016, 2017 y 2018, de una cuenta catastral, en perjuicio del erario del ayuntamiento de Atlatlahucan.

A petición de la Fiscalía Anticorrupción, el Juez concedió la prisión preventiva oficiosa por el delito de ejercicio abusivo de funciones, ya que así lo prevén las disposiciones constitucionales, en materia de combate a la corrupción, luego de las reformas aprobadas por la Cuarta Transformación.

Además, se fijó un plazo de 144 horas para llevar a cabo la audiencia de vinculación a proceso.

De acuerdo al artículo 20 constitucional, toda persona imputada tiene derecho «A que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por
el juez de la causa».

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