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SCJN declara la invalidez del artículo transitorio por el que los actuales magistrados del Poder Judicial recibieron su nombramiento por 20 años

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez del artículo transitorio por el que los actuales magistrados del Poder Judicial recibieron su nombramiento por 20 años, contrario a lo que marca la Constitución Política del Estado, que señala un período máximo de 14 años en este cargo.
Este lunes, la Corte resolvió de fondo la acción de inconstitucionalidad 20/2017, promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHEM), en contra de la reforma constitucional que fue publicada en el periódico oficial «Tierra y Libertad», el pasado 24 de febrero de 2017.
Durante la sesión de Pleno de la Corte, este lunes, el ministro ponente Luis María Aguilar Morales propuso validar el artículo tercero transitorio de la reforma constitucional antes citada, en la que se estableció que, por única ocasión, se ampliaría de 14 a 20 el periodo de los actuales magistrados.
Sin embargo, la mayoría de los ministros consideraron inconstitucional el período de 20 años que aprobaron diputados de la LIII Legislatura y declararon invalida la norma que benefició a los actuales magistrados del Poder Judicial.
Con esta determinación del máximo tribunal, al menos cinco magistrados deberán dejar su cargo de forma inmediata. Se trata de María del Carmen Verónica Cuevas López, Rocío Bahena Ortiz, José Valentin González García, Luis Jorge Gamboa Olea, Manuel Díaz Carbajal, entre otros.

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