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El “haber de retiro” del Poder Judicial de Morelos, “una dulce pensión vitalicia de magistrados”.

El silencio del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Morelos Luis Jorge Gamboa Olea frente a la reforma al poder judicial que se aprobó a nivel federal, tiene una explicación muy sencilla, él pase lo que pase ya tiene garantizado su haber de retiro que será vitalicio.

Si el magistrado presidente o algún otro de sus compañeros es removido del cargo de manera forzosa no por sanción o decide retirarse de manera voluntaria tendrán derecho a una pensión vitalicia que va del 70 al 100 por ciento de su actual salario.

El pasado 25 de septiembre en el periódico oficial “Tierra y Libertad” quedó publicado el decreto que les da derecho a los magistrados a un “haber de retiro”, es decir, si el magistrado presidente decide irse ahora sin respetar la ley de que no debe ganar más que el presidente estaría cobrando de por vida 154 mil pesos mensuales y otras prestaciones como gastos médicos mayores y seguridad social.

Para modificar la ley y favorecer a los magistrados, los diputados argumentaron que para tener “independencia en el poder judicial” se requería que los magistrados desempeñen el cargo por 14 años (temporalidad) pero que además se le garantizara un haber de retiro.

Este saqueo a las arcas para favorecer a magistrados deja fuera a cualquier otro trabajador del poder judicial que tendría que tener los mismos derechos, pero además este haber de retiro puede ser heredado a los beneficiarios que los magistrados designe en caso de fallecer.

El Haber por Retiro es de carácter vitalicio y se determina en función de los años de servicio en la magistratura, considerando adicionalmente la acumulación de antigüedad en el servicio público, en el propio Tribunal o en otras instituciones públicas.

Los porcentajes van del 70% al 100%, dependiendo de los años de servicio, y se incluyen prestaciones como seguro de gastos médicos mayores y seguridad social. El procedimiento para solicitar el haber implica presentar una petición al Pleno del Tribunal, que deberá resolver en una sesión ordinaria o extraordinaria.

Cuando la conclusión del plazo para el ejercicio del cargo ocurra por cuestión de edad o por sobrevenir incapacidad física o mental, el Haber por Retiro deberá ser cubierto en forma proporcional al tiempo en que se haya ejercido el cargo.”

El retiro forzoso de los Magistrados se producirá al cumplir setenta años de edad o por sobrevenir incapacidad física o mental que imposibilite el desempeño del cargo o de manera voluntaria o causas ajenas. Tendrán derecho a un haber por retiro en forma proporcional al tiempo en que ejercieron sus funciones en los términos de ley.”

Es decir que aunque la nueva reforma al poder judicial aplique en Morelos y se remueva a todos los magistrados, ellos ya tienen asegurados un haber de retiro que podrán disfrutar de por vida y solo dos años deberán litigar en tribunal y después de ese plaza podrán hacerlo.

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