En respuesta al recurso de casación emitido por la defensa, Magistrados de Segunda Instancia ratificaron la sentencia de 30 años de prisión en contra de Emigdio Canalizo Canalizo como responsable en el delito de feminicidio en agravio de quien fuera su esposa.
Lo anterior, tras analizar los argumentos y pruebas sólidas presentadas por la Unidad Especializada en Homicidios de Mujeres y Feminicidios. De este modo, se confirmó la sentencia impuesta el pasado 14 de julio de 2014 por el Juzgado de Primera Instancia.
El 20 de mayo de 2013, se reportó sobre el deceso de una mujer al interior de su domicilio ubicado en el poblado de Santa Catarina del municipio de Tepoztlán. En un primer momento, familiares se negaron a que se realizara el levantamiento de cadáver correspondiente.
Por lo anterior, el 09 de agosto autoridades de esta Representación Social llevaron a cabo la exhumación del cuerpo, esto luego de que la familia presentará una denuncia al existir la posibilidad de haberse cometido un delito.
De esta manera y resultado de las indagatorias, se logró establecer que la mujer habría sido privada de la vida por el ahora sentenciado, quien era su pareja sentimental, por lo que el agente del Ministerio Público solicitó al juez orden de aprehensión.
Con ello y gracias a la labor de campo e investigación, agentes investigadores de la Unidad Especializada en Homicidios de Mujeres y Feminicidios de la zona Metropolitana lograron ubicar y asegurar al indiciado en calle Ojo de Agua del poblado de Santa Catarina de Tepoztlán, el 04 de septiembre de ese año.