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CDHEM pide al alcalde de Cuernavaca reparar el daño a ciudadana defraudada por funcionaria

CDHEMEl 4 de noviembre del 2014, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos recibió queja de la C. Martha Galindo, por presuntas violaciones a sus derechos fundamentales, señalando como responsables a personal adscrito a la Dirección de Operaciones de Tránsito de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Cuernavaca.

En la queja que obra en el expediente 915/2014-5 a cargo del visitador de CDHMorelos Lic. Daniel Portugal Lagunas, la promovente señala que en el mes de septiembre del año 2013 al encontrarse en la oficina de la Dirección de Operaciones de Tránsito de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la capital morelense, una persona de nombre Martha Laura Salgado Salinas quien se identificó como personal de esa dependencia, le ofreció dos juegos de placas para transporte del servicio público sin itinerario fijo (taxi), a cambio de un pago de $230,000, mismo que cubrió en dos pagos; el primero de $130,000.00 y el segundo de $100,000, completando la entrega del monto pactado el 26 de enero del 2014. Sin embargo la afectada nunca recibió los juegos de placas ni la devolución de su dinero.

Ante esta situación, la parte afectada acudió a la Fiscalía General del Estado afín de iniciar la denuncia de los hechos, misma que quedó registrada en la carpeta SJ01/1588/2014, sin embargo este expediente aún se encuentra en integración, sin avances ni efectos.

Por todo lo anterior, este organismo inició las diligencias correspondientes con el objetivo de esclarecer los hechos y salvaguardar los Derechos Humanos de la promovente. Resultado de la investigación esta comisión evidenció los actos violatorios a las prerrogativas fundamentales de la C. Martha Galindo, motivo por el cual se emite solicitud:

Al Presidente Municipal de Cuernavaca:

Primera.- Instruya a quien corresponda a efecto de que se integre y resuelva la queja administrativa en contra de la servidora pública señalada como responsable en la presente queja.

Segunda.- Se repare el daño a la quejosa, por el ejercicio indebido en que incurrió la servidora pública implicada conforme al devenir de la resolución.

Tercera.- La garantía de no repetir conductas que vulneren los derechos humanos, a través de la implementación de cursos de derechos humanos a la Secretaría de Seguridad Ciudadana.

De igual manera al Encargado de Despacho de la Fiscalía General del Estado

Única.- Instruya al Agente del Ministerio Público que conoce de la carpeta de investigación número SJ01/1588/2014, para que la integre y la resuelva a la brevedad posible conforme a derecho, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 16 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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