Después de ser notificado al gobierno del estado de Morelos, al secretario del trabajo y productividad y el presidente de la junta especial numero uno de la local de conciliación y arbitraje.
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos emitió la primer recomendación en materia laboral derivado de la queja del C. Enrique Muñoz Cano Macías a través de su representante legal, el Licenciado Luis Trejo Alcalá; con el expediente número 229/2012-6 refiriendo que dentro del juicio laboral 01/1619/04 sección “A”, radicado en la Junta Especial Numero Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Morelos, había sido embargado de manera ilegal por personal adscrito a dicha junta.
Un depósito de agua que se encuentra en el fraccionamiento Burgos de Cuernavaca, en Temixco, Morelos, cuyo destino es la distribución del vital liquido a los múltiples fraccionamientos con los que cuenta el lugar.
Por lo que el visitador itinerante de la CDHMOR, Osmany Licona solicito los informes respectivos a la entonces Presidenta de Junta Local de Conciliación y Arbitraje, a la Comisión Nacional de Agua “Cuenca Balsas”; así como del H. Ayuntamiento del Temixco, Morelos.
Por lo que se pudo acreditar que personal adscrito a la Junta Especial Numero Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje realizo el embargo al depósito de agua, derivándose un acto administrativo cometido por personal de dicha dependencia y susceptible de ser conocido por este Organismo aunado a que la actuación resultó contraria a lo establecido en la el Artículo 27 constitucional.
Referente a la Ley de Aguas Nacionales, a la Ley Estatal de Agua Potable, entre otras normas; por lo cual se emite dicha recomendación al Gobernador Constitucional para el Estado de Morelos, Graco Ramírez Garrido a fin de
girar instrucciones al Secretario del Trabajo y Productividad en el Estado para que se inicie procedimientos administrativos a los servidor públicos adscritos a la Junta Especial Numero uno de la local de conciliación y arbitraje en el estado que intervinieron en dicho acto; así también se emite solicitud al Presidente de la Junta Especial numero uno de la Local de conciliación y arbitraje para que resuelva a la brevedad posible y en términos de las ley laboral.
Cabe señalar que después de la reformas Constitucionales del junio del año pasado en la que se faculta a los organismos de derechos humanos para conocer de actos administrativos se han incrementado las quejas ante las instancias laborales, teniéndose un total de 152 quejas por dilación, omisión e incumplimiento, situaciones que vulneran la impartición de justicia pronta y expedita, y evidente mente el derecho humanos a la Seguridad Jurídica y Legalidad.